Consejos Prácticos destinados a los propietarios y a las familias de acogida o anfitrionas
¿Cuales son los criterios requeridos para recibir viajeros?
=> Antes de comprometerse, le aconsejamos que descarguéis nuestra Carta Etica, especie de código de conducta entre el hospedador/propietario y el huésped/inquilino- también disponible en linea: haga clic aquí
• Equipo & mantenimiento : Las habitaciones deben estar equipadas con una cama y muebles (por Ej.: armarios, cómoda, mesillas de noche, etc.). Es necesario un acceso a sanitarios..• Higiene & seguridad : El interior de la habitación debe estar en buen estado de higiene y ofrecer un entorno seguro.
• Demostrar tolerancia y saber recibir. .
¿Es necesaria una póliza de seguro?
Se le aconseja contratar una póliza de seguro que cubra los daños que pudiesen ocasionarse a sus propietarios, sino también aquellos que sus propietarios podrían ocasionarle (inundaciones, incendio, robo, etc.) Normalmente, basta simplemente con indicar a su compañía de seguros (seguro de vivienda/ contrato multiriesgo) que explota una habitación de propietarioes / B&B / Guest House. Asegúrese que su contrato está adaptado a su situación. Indique a su compañía de seguros cualquier mejora que haya aportado a su vivienda, para recibir una tercera persona en su casa. No obstante, puede contratar esta póliza con nuestro socio, ELVIA.
¿Se necesita una licencia?
• Licencia general de alojamiento : no es obligatoria. Sin embargo, se recomienda informarse acerca del ayuntamiento de su localidad. En efecto, en algunos países puede que sea obligatoria (en particular anglosajones) y/o en algunas ciudades. Depende de la frecuencia de la actividad (alojamiento a título ocasional o verdadera actividad mercantil) y de la normativa implementada en la localidad/región de residencia. Dicha actividad puede de este modo estar regulada en una ciudad y no serlo en otra localidad cercana.
• Licencia pequeña restauración : otorga el derecho de servir comidas de modo ocasional o permanente, el desayuno y algunas bebidas (en general sin alcohol).
• Licencia bebidas : obligatoria- otorga el derecho de servir bebidas con alcohol, además del vino y del aperitivo, ofrecidos a los huéspedes, como gesto de bienvenida por Ej.
El pago y las modalidades de ambas últimas licencias pueden diferir de un país a otro. Se aconseja informarse acerca de las autoridades competentes (Cámaras de Comercio, Ministerio de Turismo, Aduanas, Ayuntamiento…).
Encontrarán a continuación algunas normativas relativas al alojamiento de turistas en los siguientes países: Francia, España, Portugal, Irlanda, Reino Unido, EEUU, Canadá: :
- Chambres d'hôtes
- Gîtes
- Casa Rural
- Turismo Rural en Portugal
- B&B
- the New Legislation in Northern Ireland
- B&B in Northern Ireland
- Starting a B&B in Canada
- Operating a B&B in Canada
- License & Law in the city of Stratford
- Operating a B&B or hotel in Liverpool
- B&B Guidance in Norfolk
- B&B fees in Colorado
- B&B Policy- city of Maine
- B&B procedures in North Dakota
- B&B requirements- Washington
- Operatng a B&B in Annapolis- Maryland
- Licence fees- Washington
- Host Family
¿Cual es el coste?
La licencia para abrir un alojamiento en casa del habitante, como el B&B o Habitaciones de huéspedes es a veces gratis (o inexistente) en algunos países (Francia, algunos países mediterráneos), pero puede estar regulada y onerosa, en otros (Estados Unidos, Canadá, etc.).
A título de ejemplo: Entre 150$ y 190$, en Canadá + 10$ por habitación suplementaria, 310$ en Washington, ninguna licencia en Francia…
La licencia de servicio de bebidas es a veces muy cara y no rentable => Hagan una valoración.
A título de ejemplo: Entre 150$ y 190$, en Canadá + 10$ por habitación suplementaria, 310$ en Washington, ninguna licencia en Francia…
La licencia de servicio de bebidas es a veces muy cara y no rentable => Hagan una valoración.
¿Donde debe registrarse?
En principio, se recomienda (y con frecuencia es obligatorio) censarse en el Ayuntamiento de su domicilio. El alta en la prefectura (jefatura de policía o el gobierno civil) no es obligatoria. En algunos países, le permite estar en el listado de las oficinas de turismo. No obstante, si ofrece un alojamiento, junto con servicios de hostelería, ocasionales o permanentes, entonces tendrá que darse de alta en su Cámara de Comercio (actividad mercantil).
¿Se deben pagar impuestos/ contribuciones?
Depende de sus ingresos. Se aconseja darse de alta como micro- empresa, para beneficiarse de ventajas fiscales (contribución fija).
Si supera un importe determinado (76 300€ en Francia, por Ej.), deberá declarar el ingreso real y abonar de este modo el I.A.E. (Impuesto sobre actividades económicas) y el IVA.
En cualquier caso, las indemnizaciones que cobre deberán figurar en su declaración fiscal.
A título de ejemplo, para un alojamiento de 5 habitaciones alquiladas regularmente en Provenza (Francia):
• I.A.E: aproximadamente de 180 a 200€/habitación/al año
• Contribuciones locales: aproximadamente 300€/año/habitación
• IVA a retroceder: aproximadamente entre 600 y 700€/ al año
• Cotizaciones sociales: entre 200€ y 500€/año/habitación
¿Se puede colocar un cartel?
SI y además se recomienda.
Tras darse de alta, puede pedir permiso al Ayuntamiento para colocar carteles de señalización y/o publicitarios.
Si estos carteles son de su propia realización, el Ayuntamiento tiene derecho de cobrarle impuestos (a negociar ¡Infórmese!). De lo contrario, puede contratar a una empresa privada para realizarlos. En ambos casos, se debe cumplir una “normativa”: en un 80% de los casos (otros que publicitarios), el cartel de señalización debe estar representado por una flecha, localizado en un lugar determinado, que no moleste el tráfico o el vecindario y no debe superar las dimensiones fijadas.












